por medio del cual se revoca el articulo 1º del Decreto número 0425 del 5 de marzo de 1996
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º.Revócase el artículo 1º del Decreto número 0425 del 5 de marzo de 1996.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 15 de abril de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Viceministro de Relaciones Exteriores encargado de las funciones del despacho del Ministro de Relaciones Exteriores,
Camilo Reyes Rodríguez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.