Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1941-04-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de abril en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 6143, procedente de la Secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso Los siguientes traslados:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 24640 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 3.

Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de abril de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

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