Por el cual se autoriza el ejercicio del total o parte de algunas apropiaciones aplazadas por Decreto número 119 del corriente año (enero 17)

Rango Decreto
Publicación 1947-03-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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Aplazadas por Decreto númpro 119 del corriente

año (enero 17).

El Presidente de la República de. Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en sesión de fecha 25 de febrero del año en curso,teniendo en cuenta la petición formulada por el Ministro de Obras Públicas y el concepto favorable sobre el particular del Minislio de Hacienda y Crédito Público, determinó levantar el aplaza miento del total o parte de algunas partidas incorporadas en el Presupiiesto vigente con destino a varias obras, cuyo ejercicio había sido aplazado por el Decreto número 119 de 1947

DECRETA:

Articulo 1º Levántase el aplazamiento ordenado según Decreto número 119 de 1947 (enero 17) para el total o parte, de las siguientes apropiaciones de la Ley de Gastos vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

CAPITULO 99

Artículo 1981. Para la carretera Guateque-Carretera Nacional del Meta $ 10.000.00
Artículo 1974. Para la Carretera Sogamoso- Casanare 10.000.00
Artículo 2051. Para la Carretera Soata-Onzaga 90.000.00
CAP1TUL0 101 Articulo 2130. Para un puente nuevo sobre el río Cauca-entre-los Municipios de Cali y Candelaria 100.000.00
CAPITULO 109 Articulo 2275. Para la construcción y mejoramiento de los caminios de herradura de la Intendencia del Meta, especialmente de Acacías-Manzanares-Villavicencio El Calvario-Ley 86 de 1945 20.000.00
Artículo 2400. Para continuar losw trabajos de la defensa de la población de San Bernardo del Viento, en el Departamento de Bolivar 60.000.00
Total $ 290.000.00
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.
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Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de febrero de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

El Ministro de fibras Públicas.

Dario BOTERO ISAZA

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