Sobre la segunda liquidación del presupuesto de gastos para la vigencia económica del bienio de 1889 y 1890

Rango Decreto
Publicación 1891-02-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República

DECRETA:

Artículo único. Fíjense los créditos líquidos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica del bienio de 1889 y 1890, en la cantidad de setecientos trece mil ochocientos cincuenta y cinco pesos setenta centavos ( 713.855,70), de acuerdo con la siguiente distribución:

MINISTERIO DE GOBIERNO

Departamento de Política interior

Capítulo 1°- Senado (Personal)

Dado en Bogotá a 16 de Febrero de 1891.

CARLOS HOLGUIN.

El Ministro de Fomento, encargado del Tesoro,

MARCELINO ARANGO

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