Por el cual se abre al presupuesto de gastos del bienio de 1897 y 1898 un crédito extraordinario
El Vicepresidente de la República, Encargado del Poder Ejecutivo,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros ha resuelto se abra al Presupuesto de Gastos del bienio en curso un crédito extraordinario para la compra de esqueletos de billetes del Banco Nacional, con destino al cambio de los deteriorados, en atención á lo imprescindible del gasto, y á que el Consejo de Estado dio su dictamen favorable sobre el particular,
DECRETA:
Artículo único. Abrese al Presupuesto de Gastos del bienio de 1897 y 1898, como crédito extraordinario, la cantidad de $ 224,000 que, aproximadamente, equivale á la de $ 80,000, en oro americano, la cual es imputable al Departamento del Tesoro, Capítulo 60. Gastos varios.
| Artículo 453 B. Para pagar los pedidos de esqueletos de billetes del Banco Nacional, destinados al cambio de los deteriorados, hasta | $ 224,000 |
|---|---|
Dado en Bogotá, á 17 de Febrero de 1898.
- M. A. CARO.
El Ministro del Tesoro,
Daniel J. Reyes.
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