Que señala sueldo a los Juzgados de Circuito

Rango Decreto
Publicación 1888-01-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Gobernador del Tolima ,

En uso de facultad delegada por el Gobierno,

DECRETA :

Art. 1.° Desde el primero de Enero próximo tendrán los Jueces de Circuito estos sueldos mensuales :

1.° Los Jueces primeros de Honda y Neiva y el segundo de Neiva, ciento veinte pesos ($ 120)

2.° Los demás Jueces de Circuito, cien pesos ($ 100).

Art. 2.° Desde la misma fecha tendrán los Secretarios de los Juzgados de Circuito estos sueldos mensuales :

1.° Los de los Juzgados 1.° y 2.° de Honda, 1.° y 2.° de Neiva, y los de Ibagué y Garzón, setenta y cinco pesos ($ 75).

2.° Los de los demás Juzgados sesenta y cuatro pesos ($ 64).

Publíquese y comuníquese.

Dado en Ibagué, á 26 de Diciembre de 1887.

Manuel Casabianca.

El Secretario de Hacienda, encargado del Despacho de Gobierno,

Juan N. Méndez.

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