Por el cual se trasladan dos créditos en el presupuesto de gastos del bienio de 1897 y 1898
El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo
DECRETA :
Artículo único. A petición del Ministro de Guerra, trasládanse en el Presupuesto de Gastos del bienio de ,1897 , y 1898, del Departamento de Guerra, Capítulo 43, Artículos 341 y 342, para pagar el personal y material del buque guardacostas " 20 de Julio," hasta $ 6 000 y para la compra, composición etc. del velamen y reparación del buque guarda costas " 20 de Julio," hasta $ 7,000 al Departamento de Hacienda, Capítulo 35, Artículos 282 A y 282 B, respectivamente.
Dado en Bogotá, á 13 de Diciembre de 1897.
- M. A. CARO.
El Ministro del Tesoro,
DANIEL J. REYES.
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