por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas"

Rango Decreto
Publicación 1997-03-17
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6a. de 1971 y 7a. de 1991, de conformidad con el artículo 5o de la Decisión 370 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, oído el Consejo Superior de Comercio Exterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Fíjanse los siguientes gravámenes arancelarios a las subpartidas del Arancel de Aduanas que a continuación se señalan, por el término de tres meses prorrogables. Estos gravámenes no se aplicarán a las importaciones originarias de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena:

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