Por el cual se suprimen unos puestos, se crean otros y se fijan unas asignaciones en el Ramo de Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1903-06-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Vicepresidente de la Republica, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Art. 1.° Suprímense los puestos de segundos Telegrafistas en las Oficinas de Cartagena, Medellín, Cali, Socorro, Ocaña, Pamplona, Manizales, Gamarra y Buenaventura; los de primeros Ayudantes en las Oficinas telegráficas de Salamina, Soatá, Tunja y Puerto Berrío, y créanse en estas Oficinas los puestos dé Subjefes.
Art. 2.° A partir del día primero del presente mes, fíjanse las siguientes asignaciones mensuales á los empleados que á continuación se expresan:

A los empleados de las Oficinas Telegráficas de Cartagena, Medellín, Bucaramanga, Buenaventura, Pamplona, Gamarra y Honda, así:

Los Telegrafistas Jefes $ 3,000
Los Telegrafistas Subjefes 2,800
Los demás Telegrafistas 2,600
Los Ayudantes 2,500
Los Oficiales de recibo 2,200
Los Copistas 2,000
Los Carteros 500

A los empleados de las Oficinas telegráficas de Salamina, Socorro, Soatá, Cartago, Cali, Ocaña, Manizales, Tunja y Puerto Berrío, así:

Los Telegrafistas Jefes $ 2,800
Los Telegrafistas Subjefes 2,600
Los Ayudantes 2,300
Los demás Telegrafistas 2,400
Los Oficiales de Recibo 2,000
Los Copistas 1,500
Los Carteros 400

A cada uno de los Inspectores de las Secciones 11.a, 12.a y 13.a de Telégrafos, tres mil quinientos pesos $ 3,500

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 25 de Junio de 1903.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho,

Esteban Jaramillo

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.