por el cual se adiciona el Decreto número 1658 de 1937 que reglamenta la Ley 69 de 1936

Rango Decreto
Publicación 1938-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que el Concejo Municipal de Mompós solicita del Gobierno que la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000), apropiada en el Presupuesto vigente, para cubrir el último ,contado del auxilio que- decretó e1 Congreso a favor de aquel Municipio, con motivo del IV centenario de su fundación, sea destinado a las obras indicadas por el mismo Concejo;

Que 1a Ley 69 de 1936 autoriza al Gobierno para establecer en Mompós, haciendo usa preferente de los fondos del auxilio, un instituto de enseñanza agrícola, y

Que la Municipalidad mencionada considera más práctico el funcionamiento de una granja experimental agrícola-pecuaría para la enseñanza de estas materias,

DECRETA:

Articulo 1°. Destínase la suma de cincuenta mil pesos $ 50,000), apropiada en el Presupuesto vigente para e1 pago del segundo contado del auxilio decretado a favor del Municipio de Mompós con motivo del cuarto centenario de su fundación, a las siguientes obras:
Para atender a la terminación de las plantas de energía y de hielo. $ 20.000
Para la instalación de una granja agrícola y pecuaria 30,000
Suma 50.000
Artículo 2°. Queda en estos términos adicionado y reformado el artículo 3° del Decreto 1658 de 1937,

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 13 de abril de 1938.

ALFOSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Héctor José VARGAS

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