Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno -Policía Nacional- según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO
| CAPITULO 18 | CAPITULO 18 | CAPITULO 18 |
|---|---|---|
| Policía Nacional. | Policía Nacional. | Policía Nacional. |
| Del artículo 161. Para viáticos y gastos de transporte del personal de la Policía Nacional, en el año | $ | 12.000.00 |
| Del artículo 162. Para gastos de investigación reservada en el año | 3.000.00 | |
| Del articulo 170. Para dotación de vestuario, correaje y equipo, y para los gastos de conservación de los mismos, en el año | 10.000.00 | |
| Del articulo 172. Para la compra de maquinaria, herramientas y demás equipo de talleres, y para la adaptación de herr amientas destinadas: a trabajos agrícolas, incluyendo los gastos de conservación y reparación, y accesorios de los mismos, en el año | 20.000.00 | |
| Del artículo 175, Para compra de caballos, en el año | 20.000.00 | |
| Del artículo 176. Pára forrajes, pastajes, aseo, herraje, sanidad y alojamiento de ganados, y para la compra y conservación de atalaje, en el año | 4.000.00 | |
| Suman los contracréditos | $ | 69.000.00 |
| CAPITULO 18 | CAPITULO 18 | CAPITULO 18 |
| Policía Nacional. | Policía Nacional. | Policía Nacional. |
| Al articulo 157. Para sueldos y sobresueldos del personal de la Policía Nacional y sus dependencias, en el año | $ | 63.000.00 |
| Al articulo 163-A. Para la compra de vehículos con destino a las dependencias de la Policía Nacional | 6.000.00 | |
| Suman los créditos | $ | 69.000.00 |
Articulo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Antonio ROCHA
El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,
Carlos S. de SANTAMARIA
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