Por el cual se contracredita una suma y se adiciona con otra el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, teniendo en cuenta lo dispuesto en los Decretos números 132, 267, 268, 417 y 626 del año en curso, dictadas por el Ministerio de Hacienda, y para subsanar el error de defecto que aparece en la suma del artículo 312, del capítulo 29, del Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica,
decreta:
Artículo 1º Contracredítase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1923, la suma de ciento siete mil trescientos setenta y dos pesos cincuenta centavos ($ 107,372-50), tomada de las siguientes imputaciones:
MINISTERIO DE HACIENDA
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