Por el cual se hace una traslación en el presupuesto de Gastos de 1906

Rango Decreto
Publicación 1906-06-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1906, del capítulo 39, artículo 251 la cantidad de trescientos cincuenta pesos ($350) con las siguientes imputaciones:

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA Servicio de 1906

CAPITULO 54

Instrucción Profesional.

Artículo 304. Para laboratorios, maquinaria y biblioteca de la Facultad de Matemáticas de Bogotá $50

MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO DEPARTAMENTO DEL TESORO Servicio de 1906

CAPITULO 39

Gastos varios.

Artículo 252. Para pagar el sueldo del secretario de la Cámara de Comercio de Medellín $300 300
Suma $350

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á11 de Junio de 1906.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro.

JOSÉ M. CORDOBES M.

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