Por el cual se traslada una partida en el presupuesto de gastos de 1906
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Trasládasen el Presupuesto de Gastos del año económico de 1906, del Departamento del Tesoro, Capítulo 39, artículo 251, al de Guerra, la suma de doce mil pesos ($12,000) con la imputación siguiente:
MINISTERIO DE GUERRA DEPARTAMENTO DE GUERRA Servicio de 1906
CAPITULO 48
Gastos varios.
| Artículo 283-A. Para pagar al señor Francisco Ruiz en tres contados el valor del contrato celebrado con dicho señor sobre edición de una obra relacionada con los sucesos de 10 de Febrero último | $12,000 |
|---|---|
Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 11de Junio de 1906.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
JOSE M. CORDOBES M.
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