Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-04-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones lagales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en el prespuesto del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Articulo 1° Hácense los siguientes traslados, en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Departamento del Atlántico. Departamento del Atlántico. Departamento del Atlántico.
Capitulo 96:
Del articulo 1802. Para el Palacio Nacional de Barranquilla $ 600.00
Departamento del Atlántico. Departamento del Atlántico. Departamento del Atlántico.
Capitulo 96:
Al articulo 1781-A. Para terminar la construcción de los Cuarteles de Barranquilla $ 600.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ

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