Por el cual se adiciona la primera liquidación general del Presupuesto Nacional de Gastos para el año económico de 1910
El Presidente de la Republica de Colombia,
En ejercicio de sus facultades legales y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley número 27, de fecha 19 de Julio del presente año, adicional y reformatoria de la 37 de 1909, por la cual se crea una Comisión (asunto de Panamá),
DECRETA:
Artículo único. Adiciónase la primera liquidación general del Presupuesto Nacional de Gastos para el año económico de 1910, con la cantidad de cuatro mil trescientos pesos ($ 4,300), con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE GOBIERNO
Departamento de politica interior
Capitulo 5. °
Comisión Investigadora de los asuntos de Panamá Personal.
Artículo 9° Sueldos de los empleados de la Comisión investigadora de los responsables do la separación de Panamá (Ley 27 de 1910), de 1 ° de Julio á 30de .Noviembre próximo, así:
| 1° | De tres miembros, á $ 150 mensuales cada uno | $ | 2,250 |
|---|---|---|---|
| 2° | Del Secretario, á $ 100 mensuales | 500 | |
| 3° | Do tres Escribientes, á 9 50 mensuales cada uno | 750 | |
| 4° | Del Portero, á $ 40 mensuales | 200 | |
| Material | Material | Material | Material |
| 5° | Para los gustos especiales de la misma Comisión (articulo 6° do la Ley 27 ya citada) | 600 | |
| Total | $ | 4,300 |
Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 6 de Agosto de 1910.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro del Tesoro,
antonio jóse CADAVID
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