Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-04-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales. y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de marzo del año en curso, autorizó al, Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministero de Obras Públicas, según consta en el actia respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Departamento de Nariño. Departamento de Nariño. Departamento de Nariño.
Capitulo 93:
Del articulo 1697. Para la ampliación de la carretera Túquerres-Ampuyá, sector Santodomingo-Ampuyá, Ley 230 de 1938 $ 30.000.00
Del artículo 1698. Para continuación de la carretera Rosaflorida-Buesaco-San Lorenzo 21.000.00
De artículo 1728. Para la construcción de las obras de auto y terminación del carretable (camino de herradura), de Puerres-Guandes (Nariño), Ley 79 de 1939 20.000.00
Capítulo 94
Del articulo 1740. Para construcción del puente sobre el rio Carchi, en la carretera Ipiales-Las Lajas 20.000.00
Suman los contracreditos $ 91.000.00
Departamento de Nariño. Departamento de Nariño. Departamento de Nariño.
Capitulo 93.
Al articuló 1728-A. Para continuar la construcción de la carretera Quiña-Campamento-La Uníón- E1 Rosario $ 91.000.00
Suman los créditos $ 91.000.00
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ

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