Por el cual se crean unos cargos supernumerarios

Rango Decreto
Publicación 1934-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de ¡a República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Para atender debidamente a la vigilancia del terminal marítimo y bodegas del puerto de Cartagena, auméntase el personal del Resguardo en un Cabo, con la asignación mensual de $ 55, y diez Guardas, con asignación mensual de $ 45 caria uno, con el carácter de supernumerarios de aduanas.

El gasto que ocasione el presente Decreto se aplicará a la partida liquidada en el Presupuesto vigente para material de aduanas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de abril de 1934.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público

Esteban JARAMILLO

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