Por medio del cual se crea la plaza de Teniente en la Sección Avianca de la Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 16 de los corrientes y de acuerdo con la cláusula 1.ª del contrato de servicios filtre la Dirección General de la Policía y la "Avianca", créase en la Sección "Avianca" de la Policía Nacional la plaza de un (1) Teniente, que devengará ciento treinta y cinco pesos ($ 135) mensuales, y quien gozará del vestuario y las demás prestaciones sociales de que habla el contrato en referencia para todo el personal de la mencionada Sección de Policía.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de marzo de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Luis TAMAYO
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