Por el cual se traslada una partida en el Presupuesto de Gastos del Departamento de Correos y Telégrafos al de Obras Públicas

Rango Decreto
Publicación 1906-01-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En ejercicio de sus facultades legales

En ejercicio de sus facultades legales

decreta :

Artículo único. Trasládase del Departamento de Correos y Telégrafos, Capítulo 11, artículo 37 del Presupuesto de Gastos de la vigencia de 1905 y 1906, al de Obras Públicas, la suma de diez mil pesos ($ 10,000), con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

departamento de obras publicas

Servicio de 1905.

Capítulo 64

Edificios de la Nación.

Art. 385-b. Para pagar á los herederos del Sr. Joaquín H. León el valor de una casa que compró el Gobierno en Honda para oficinas de Correos y Telégrafos…................................................................................$10,000...

Suma…………………………………………………………………….$10,000..

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras describirán en sus libros respectivos las operaciones a que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 15 de Enero de 1906.

R. REYES

El Ministerio de Hacienda y Tesoro,

felix SALAZAR J.

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