Por el cual se crean unas oficinas en el ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de San Pablo (Departamento de Antioquia) y Tenche (Departamento de Bolívar), servida cada una por un Telegrafista Administrador de Correos y un Cartero, con las asignaciones mensuales de $40 y $3, respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de julio de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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