Por el cual se crean unos cargos en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley 16 de 1968 y oído el Concepto de la Comisión Asesora del Gobierno do que trata el artículo 21 de la misma ley,
DECRETA
Artículo primero. Créanse dos cargos de Asistentes Judiciales en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para las dos plazas de Magistrados creadas por el Decreto 1727 de 1964
Artículo segundo. A los cargos creados por el presente Decreto corresponden, las mismas funciones y asignaciones previstas en la ley.
Artículo tercero. El Gobierno, en su oportunidad, dispondrá las apropiaciones presupuestales correspondientes.
Artículo cuarto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 5 de mayo de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Justicia, Fernando Hinestrosa. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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