Por el cual se modifica el decreto número 79 del 15 de enero del presente año

Rango Decreto
Publicación 1934-05-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales

DECRETA:

Artículo único. La distribución dé la suma global apropiada en el capítulo 60, articulo 279, del Presupuesto de la vigencia en curso, hecha por el Decreto número 79 del 15 de enero último, quedará así, en lo referente a las partidas destinadas, "para material, muebles y útiles de escritorio de los Departamentos de Agricultura y Comercio," "para atender a la compra de maquinaria, abonos, semillas, reproductores, medicamentos e insecticidas para animales y plantas" y "para personal y material de la. Escuela Nacional de Medicina Veterinaria"

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de abril de 1934.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Industrias,

Francisco José CHAUX

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