Por el cual se fija el personal de la Administración de las Minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez y sus asignaciones

Rango Decreto
Publicación 1938-05-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y en desarrollo de la facultad que le concede el artículo 6° de la Ley 13 de 1937,

DECRETA:

Artículo único. Desde el día 1° de mayo del año en curso, el personal y asignaciones mensuales de la Administración de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez, serán como se expresa en seguida:

Un Ingeniero Administrador $ 350.00
Un Médico 250.00
Un Ayudante del Administrador 150.00
Un Habilitado Pagador y Contador 150.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de abril de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Industrias y Trabajo,

Gonzalo RESTREPO

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