Por la cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Instituto Nicolás Esguerra, de Bogotá

Rango Decreto
Publicación 1950-03-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Instituto "Nicolás Esguerra", de Bogotá.se distribuyen las siguientes partidas, apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:
a) Capitulo 85, artículo 964
Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Sueldos en 12 meses, enero a diciembre:
Mensual Total
Rector 600.00 7.200.00
Vicerrector 400.00 4.800.00
Secretario 300.00 3.600.00
Mecanógrafa 160.00 1.920.00
Capellán Profesor 250.00 3.000.00
13 Directores de Prácticas, a $ 360 mensuales cada uno 4.680.00 56.160.00
Profesorado externo, a $ 3 hora de clase 791.33 9.495.96
Conserjes, a $ 100 cada uno 200.00 2.400.00
Totales 7.381.33 88.575.96
b) Capítulo 85, artículo 965.
Pensiones alimenticias, en 10 meses: marzo a diciembre: Pensiones alimenticias, en 10 meses: marzo a diciembre: Pensiones alimenticias, en 10 meses: marzo a diciembre: Pensiones alimenticias, en 10 meses: marzo a diciembre:
De 15 Profesores de tiempo completo, a $ 45 cada uno 675.00 6.750.00
De 25 estudiantes becados de la Sección Normalista, a $ 45 cada uno 1.125.00 11.250.00
Sumas 1.800.00 18.000.00
Enero a diciembre:
Para servicios de energía, agua, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, dotación, reparaciones, deportes, restaurantes, drogas, excursiones, arrendamientos y demás gastos del Instituto en el año 3.500.00 42.000.00
Total $ 60.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

El Ministro de Educación Nacional

Manuel MOSQUERA

Digitó: CC1.014.234.605

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