por el cual se clausura transitoriamente la Administración de Hacienda Nacional de la Comisaría Especial del Vaupés y se confiere una autorización al de la Intendencia del Meta
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que no ha sido posible organizarla Administración de Hacienda Nacional de la Comisaría Especial del Vaupés,
DECRETA:
Artículo 1.° Clausúrase transitoriamente, desde la fecha del presente Decreto, la Administración de Hacienda Nacional de la Comisaría Especial del Vaupés.
Artículo 2.° La persona a cuyo cargo ha estado dicha Administración entregará el archivo y demás enseres pertenecientes a esa oficina, bajo inventario, al Comisario Especial del Vaupés, y las especies de timbre nacional al Administrador de Hacienda Nacional del Meta.
Artículo 3.° Autorízase a éste para extender sus funciones de expendio de especies de timbre nacional y de recaudación de las demás rentas nacionales, hasta donde lo sea posible, en la nombrada Comisaría, conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia. Las sumas que recaude las incorporará en su cuenta, con todas las explicaciones necesarias para fijar su procedencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de julio de 1914.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Hacienda,
jose a. LLORENTE
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