Por el cual se aumenta el personal de un Resguardo
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Auméntase en un Cabo, cuatro guardas y un remero el personal de que actualmente se compone el Resguardo de la Aduana de Santa Marta,
Parágrafo. Las asignaciones que disfrutarán aquellos empleados serán iguales a las de su categoría en la misma Aduana.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 2 de Julio de1908.
R. REYES
El Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro,
B. SANIN CANO
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