Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, de Defensa Nacional y de Salud Pública), por $ 13.800.000.00

Rango Decreto
Publicación 1972-05-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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Defensa Nacional y Salud Pública), por $ 13.800.000.

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972, de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Defensa Nacional y Salud Pública, por un total de $ 13.800.000;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, y con base en el producto del superávit fiscal de 1971, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 3 de 1972, por $ 70.000.000, de los cuales se utilizan $ 13.830.030 para financiar la apertura de los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de trece millones ochocientos mil pesos ($ 13.800.000) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 3 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a siguiente numera:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

Recursos de capital.

CAPITULO XV

Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 166. Superávit fiscal de 1971 $ 13.800.000
Suma el recurso $ 13.800.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

CAPITULO 141

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

PROGRAMA 167

Servicios administrativos.

Gastos generales.

105 111 201. Artículo 1489. Mantenimiento y aseguros $ 4.500.000
106 111 219. Artículo 1493. Papel sellado, estampillas y especies venales 2.000.000

Ministerio de Defensa Nacional

CAPITULO 180

Ministerio de Defensa Nacional

PROGRAMA 196

Defensa Civil

Gastos generales.

Artículo 1903-A. Para gastos generales, según distribución por decreto 2.000.000
Artículo 1903-B. Para deuda de vigencias expiradas, según resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 5.000.000

Ministerio de Salud Pública

CAPITULO 231

Ministerio de Salud Pública

PROGRAMA 256

Aportes para el Desarrollo Regional a Instituciones de Asistencia Social.

Transferencias

203 336 412 Artículo 2499. Departamento de Antioquia 300.000
Ordinal 21. Andes: Hogar Juvenil Monseñor Efrén Montoya $ 300000
Suman los créditos $ 13.800.000
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de mayo de 1972.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez

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