Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970, del Congreso y varios Ministerios y Departamentos Administrativos, por un total de $ 326.905.010.70

Rango Decreto
Publicación 1970-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el numeral 1° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, facultó al Gobierno Nacional para incorporar, por medio de decreto, al Presupuesto los nuevos recursos tributarios y para abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la administración pública, el restablecimiento del orden público y el cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1970, del Congreso Nacional y varios Ministerios y Departamentos Administrativos, por un total de $ 326.905.010.70;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República ha expedido los Certificados de Disponibilidad números 1, 5, 9, 8 y 11, de 1970, cuyos valores sin utilizar, por $ 326.905.010.70, se destinan a financiar los créditos presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1970, con la cantidad de trescientos veintiséis millones novecientos cinco mil diez pesos con setenta centavos ($ 326.905.010.70), moneda legal, que, con base en los Certificados de Disponibilidad números 1, 5, 9, 8 y 11, del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales:

Presupuesto de Rentas e Ingresos.

Recursos de capital.

CAPITAL XV

Recursos del Balance del Tesoro.

Numeral 170. Superávit fiscal de 1969 $ 306.551.370.19
Numeral 171. Cancelación de reservas en el Balance del Tesoro, con base en recursos ordinarios 14.853.640.51

CAPITULO XVI

Recursos de crédito.

Numeral 177. Emisión de Bonos de Desarrollo Económico 5.500.000.00
Suman los recursos $ 326.905.010.70
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970;

PDF ADJUNTO PÁG. 1-3

Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de mayo de 1970.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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