Por el cual se ordena editar una cartilla filatélica con motivo del centenario de la muerte del General Francisco de Paula Santander
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Por el Ministerio de Correos y Telégrafos se procederá a editar hasta 5.500 ejemplares de un folleto relacionado con el centenario de la muerte del General Francisco de Paula Santander. La cartilla contendrá ampliaciones de las estampillas autorizadas por el Decreto número 545 del 16 de marzo del presente año, y el correspondiente texto explicativo. Dicha cartilla será dada a la venta en las Oficinas Postales de la República, a razón de $ 4.25 el ejemplar, cuando contenga, además la colección completa de las estampillas de esta emisión.
Artículo 2° Doscientos cincuenta de estas cartillas, con la respectiva colección de estampillas se distribuirán gratuitamente, como recuerdo del Centenario, así: Cien ejemplares para la Liga Antituberculosa, la cual podrá venderlas y aplicar el producto a su campaña; un ejemplar para cada uno de los altos funcionarios del Organo Ejecutivo, según lista que ha formado el Ministerio de Correos y Telégrafos; un ejemplar para cada uno de los jefes de misiones diplomáticas acreditadas en Colombia; un ejemplar para cada uno de los Gobernadores, Intendentes Nacionales y Comisarios Especiales, y un ejemplar para cada director de periódico diario del país.
Artículo 3° El gasto que origine el presente Decreto se cargará al capítulo 69, artículo 1215 bis, del Presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de abril de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Alfredo CADENA D´ COSTA
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