Por el cual se distribuyen las partidas globales votadas para atender a la función educativa del Territorio Escolar del Río San Jorge, Vicariato Apostólico del mismo nombre

Rango Decreto
Publicación 1959-04-04
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 8° de la Ley 35 de 1958,

DECRETA:

Artículo primero. Las partidas globales votadas para atener a la función educativa del Territorio Escolar del Río San Jorge. Vicariato Apostólico del mismo nombre, en el presente año, se distribuyen así:

Capítulo 388. Artículo 4029

12. meses, enero a diciembre:
Inspector Nacional. $ 500.00 6.000.00
Secretario 300.00 3.600.00
39 Maestros a $199.48 mensuales cada uno 7.779.72 93.356.64
Suman $ 8.579.72 102.956.64
Gastos varios 66.66 799.92
Reparación de locales escolares 250.00 3.000.00
Materiales de enseñanza 208.33 2.499.96
Drogas 87.50 1.050.00
Suman $ 9.192.21 110.306.52
Capítulo 388. Artículo 4031.
12 meses, enero a diciembre:
Para el sostenimiento de 6 Escuelas Parroquiales "Voz de Jesús" de Achí (Bolívar) $ 1.250.00 15.000.00
Capítulo 388, artículo 4032
12 meses, enero a diciembre:
Para creación y sostenimiento del Internado Indígena "Juan José". $ 1.666.66 19.999.92
Artículo segundo. Las partidas distribuidas en el presente Decreto, como las liquidadas en el Decreto de Presupuesto de Rentas y Gastos de 1959. Capítulo 388, artículo 4030, para pagar la Prima de Navidad a los maestros del Territorio Escolar del Vichada, Vicariato apostólico del San Jorge, dependiente de la División de Normales Superiores y Educación Primaria, serán giradas al respectivo Procurador de la Misión.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D, E., a 10 de marzo de 1959.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Educación Nacional,

Reinaldo Muñoz Zambrano.

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