Por el cual se concede un auxilio a la Coordinación Nacional de Acción Social Católica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando:
Que por Decreto 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;
Que el Coordinador Nacional de Acción Social Católica solicita un auxilio para sufragar parte de los gastos de las Conferencias Episcopales Colombianas, que tendrán por objeto los estudios de los problemas sociales y de sus soluciones;
Que tales conferencias, así como sus finalidades, encajan en un punto con el pensamiento del Gobierno de las Fuerzas Armadas, que es el de llevar al pueblo soluciones de sus problemas sociales a través de la doctrina social católica.
decreta:
Artículo primero Auxíliase por una sola vez, con la suma de tres mil pesos ($3.000.00) moneda corriente, a la Coordinación Nacional de Acción Social Católica, para sufragar parte de los gastos que demanden las Conferencias Episcopales Colombianas que se reunirán entre el 29 de abril y el 4 de mayo próximo.
Artículo segundo El auxilio de que trata el presente Decreto será tomado del presupuesto de Gastos de la presente vigencia, asignado al Ministerio del Trabajo, e imputado al artículo 2618, Capítulo 260.
Artículo tercero La rendición de cuentas para responder por el auxilio de que trata esta providencia, deberá verificarse ante la Contraloría General de la República, y se hará de conformidad con las disposiciones vigentes para esta clase de auxilios, y de las que en adelante dicte esa misma entidad.
Artículo quinto El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 12 de abril de 1957.
General Jefe Supremo, GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia
El Ministro de Relaciones Exteriores,
José Manuel Rivas Sacconi.
El Ministro de Justicia,
Luis Carlos Giraldo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Morales Gómez.
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno,
Mayor General, Gabriel París.
El Ministro de Agricultura,
Jesús María Arias.
El Ministro del Trabajo,
Carlos Arturo Torres Poveda.
El Ministro de Salud Pública,
Carlos Márquez Villegas.
El Ministro de Fomento,
Teniente Coronel, Mariano Ospina Navia.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Francisco Puyana Menéndez.
El Ministro de Educación Nacional,
Josefina Valencia de Hubach.
El Ministro de Comunicaciones,
Mayor General, Pedro A Muñoz.
El Ministro de Obras Públicas,
Contralmirante, Rubén Piedrahita Arango.
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