Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto-ley número 2348 de 1971 reorgánico del Hospital Militar Central

Rango Decreto
Publicación 1976-06-11
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 28 de 1974. oída la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado,

Decreta:

Artículo 1° Modificase y adicionase el Decreto-ley 2348 de 1971, en los siguientes términos:

El artículo 15 quedará así:

"Actuará como Secretario de la Junta Directiva el funcionario que para tal efecto ésta determine".

El literal 11) del artículo 20 quedará así:

"Nombrar y remover a Los Subdirectores y a los Jefes de División del Hospital y aprobar los nombramientos de los Jefes de Sección, así como el nombramiento y contratación de médicos residentes e internos".

El artículo 22 quedará así:

"Para ser designado Director del Hospital Militar Central se requiere ser Oficial General, de Insignia o Superior de las Fuerzas Militares en servicio activo o en retiro, en lo posible médico militar y tener experiencia en administración".

En las faltas temporales del Director General, lo reemplazarán en su orden, el Subdirector Científico y el Subdirector Administrativo.

El artículo 24 quedará así:

"La estructura interna del Hospital Militar Central será la siguiente:

Cada una de estas Divisiones estará integrada por secciones, servicios y grupos".

El artículo 25 quedará así:

"La Junta Directiva determinará la organización y funciones de las Subdirecciones y Unidades Operativas, conforme a las necesidades de la Institución".

Articulo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente el artículo 23 del Decreto-ley 2348 de 1971.

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de enero de 1976.

ALFONSO LOPEZ MICUELSEN

General Abraham Varón Valencia, Ministro de Defensa Nacional.

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