por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" Empresa Social del Estado, y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 2010-01-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" Empresa Social del Estado, en su sesión del día 1 de diciembre de 2009, según Acta 07 del 1° de diciembre de 2009, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su estructura.

DECRETA:

Artículo 1°. Para el desarrollo de sus funciones el Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" Empresa Social del Estado, tendrá la siguiente estructura:
Artículo 2°. Junta Directiva. La Junta Directiva del Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta" Empresa Social del Estado, estará conformada y cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en la Ley 489 de 1998, el Decreto 1257 de 1994, el Decreto 1876 de 1994 y demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 3°. Dirección General. Son funciones del Director General respecto de la entidad las siguientes:
Artículo 4°. Oficina de Control Interno. La Oficina de Control Interno tendrá las siguientes funciones:
Artículo 5°. Oficina de Docencia e Investigación. La oficina de Docencia e Investigación tendrá las siguientes funciones:
Artículo 6°. Subdirección Técnica-Científica. La Subdirección Técnica-Científica tendrá las siguientes funciones:
Artículo 7°. Subdirección Administrativa y Financiera. La Subdirección Administrativa y financiera tendrá las siguientes funciones:

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