Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1937-05-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

que por ser insuficiente para los servicio a que está destinado el edificio que ocupa en esta ciudad la Escuela Nacional de Comercio, ha sido preciso tomar en arrendamiento una casa contigua a dicho edificio, y que se necesita urgentemente hacer en tal casa algunas obras de adaptación,

decreta:

Artículo único. De la partida votada en el artículo 324, capítulo 55 de la Ley de Apropiaciones vigente, destínase la cantidad de tres mil pesos ($ 3,000) para atender a los gastos de adaptación de la casa tomada en arrendamiento en esta ciudad y que servirá para, la ampliación de la Escuela Nacional de Comercio.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de marzo de 1937.

ALFONSO LOPEZ

Por el Ministro de Educación Nacional, el Secretario encargado del Despacho,

Jorge ZALAMEA

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