Por el cual se crea un puesto, se hacen dos nombramientos y se fijan unas asignaciones en el personal del ramo de Edificios Nacionales

Rango Decreto
Publicación 1940-04-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Adscríbense al Ingeniero Jefe de Construcciones de las obras de la Ciudad Universitaria, las funciones de Administrador General de las mismas obras.
Artículo 2° Fijanse las siguientes asignaciones mensuales a los empleados que se expresan a continuación:

Al Ingeniero Jefe de Construcciones de las obras de la Ciudad Universitaria, trescientos pesos ($ 300).

A los dos Ingenieros Ayudantes de las citadas obras, doscientos pesos ($ 200) cada uno.

Al Ingeniero Administrador de las obras de la Penitenciaría Central de la Picota, doscientos sesenta pesos ($ 260).

Artículo 3° El sueldo de Ingeniero Jefe de la Zona de Carreteras Nacionales de Valledupar se pagará así: trescientos cincuenta pesos ($ 350), por la mencionada Zona de Carreteras, y cincuenta pesos ($ 50), por la obra del Hospital de la expresada población.
Artículo 4° Para desempeñar el puesto vacante de Ingeniero Ayudante de las obras de la Ciudad Universitaria, nombrase para ejercerlo al señor Alfonso Caicedo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de abril de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Obras Públicas,

Abel CRUZ SANTOS

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