Por el cual se aprueba la modificación a la Planta de Personal de la Zona Franca Industrial y Comercial Manuel Carvajal Sinisterra, determinada por el Acuerdo número 13 de diciembre 14 de 1978

Rango Decreto
Publicación 1979-05-03
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los Decretos 712 y 1042 de 1978.

decreta:

Artículo primero. Apruébase el Acuerdo número 13 de diciembre 14 de 1978, emanado de la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial Manuel Carvajal Sinisterra y cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 13 DE 1978

(diciembre 14)

por el cual se determina la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial Manuel Carvajal Sinisterra.

La Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial Manuel Carvajal Sinisterra, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias,

ACUERDA:

Artículo primero. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Zona Franca Industrial y Comercial Manuel Carvajal Sinisterra, serán cumplidas, por la planta de personal que a continuación se señala:
Nº de Cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado
A. Gerencia
1 Director General de Establecimiento Público 0015 08
1 Secretario Ejecutivo 5040 13
A.l. Oficinadeestudioseconómicos
1 Jefe de Oficina 2045 14
1 Profesional Universitario 3020 04
1 Profesional Universitario 3020 03
1 Secretario 5140 08
A.2. Oficina de auditoría interna
1 Jefe de Oficina 2045 09
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
1 Secretario 5140 06
B. Subgerencia de operaciones
1 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 05
1 Secretario 5140 08
B.l. Divisióndetrámiteycontrol
1 Jefe de División 2040 09
1 Profesional Universitario 3020 04
2 Profesional Universitario 3020 03
1 Secretario 5140 06
B.2. Divisióndeserviciosoperativos
1 Jefe de División 2040 09
2 Profesional Universitario 3020 03
10 Supervisor 5105 12
7 Ayudante de Oficina 5155 07
2 Secretario 5140 06
32 Celador 6020 02
B.3. Divisióndedesarrollofísico
1 Jefe División 2040 09
1 Secretario 5140 06
3 Supervisor 5105 12
C. Subgerenciaadministrativa
1 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 05
1 Secretario 5140 08
C.1. Divisiónderelacionesindustriales
1 Jefe de División 2040 09
1 Profesional Universitario 3020 03
1 Auxiliar Administrativo 5120 11
1 Secretario 5140 06
C.2. Divisióndeserviciosadministrativos
1 Jefe de División 2040 09
1 Almacenista 5080 11
1 Secretario 5140 06
1 Ayudante de Oficina 5155 07
1 Ayudante de Oficina 5155 05
1 Enfermera Auxiliar 6045 06
C.3. Divisiónfinanciera
1 Jefe de División 2040 09
1 Secretario 5140 06
C.3.1. Seccióndecontabilidad
1 Profesional Universitario 3020 06
1 Auxiliar Administrativo 5120 69
1 Ayudante de Oficina 5155 07
C.3.2. Seccióndetesorería
1 Tesorero 5015 20
1 Auxiliar Administrativo 5120 09
C.3.3. Seccióndecartera
1 Profesional Universitario 3020 04
D. Subgerencia de promoción
1 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 05
1 Profesional Universitario 3020 04
1 Secretario Ejecutivo 5040 17
Artículo segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo 09 de abril 29 de 1976 y para su validez requiere la aprobación mediante Decreto del Gobierno Nacional.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Palmira a los 14 días del mes de diciembre de 1978

E1 Presidente,

Jaime Carvajal Sinisterra.

El Secretario,

Alfonso Mesa Caicedo".

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 30 de marzo de 1979.

julio cesar turbay ayala.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

E1 Ministro de Desarrollo Económico,

Gilberto Echeverri Mejía.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Laura Ochoa de Ardila.

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