Por el cual se abren dos créditos suplementales al presupuesto de gastos de la presente vigencia

Rango Decreto
Publicación 1885-10-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia

En uso de las facultades de que está investido, y

CONSIDERANDO:

Que la partida de $ 21,508, votada en el Presupuesto del prudente año económico para "material y gastos varios" de la Secretaría de Gobierno (decreto número 547 de 17 de Agosto último, capitulo 9.°), fue aplicada en la distribución que se hizo, según el decreto número 589 de 31 del mismo mes de Agosto, pava atender a los gastos de escritorio y de impresiones oficiales ;

3.° Que por haber sido exiguas las cantidades señaladas en el mismo Presupuesto para sueldos de dos empleados en el ramo de Correos, es justo aumentarlas, en atención al recargo de trabajo y consultando el buen servicio público,

DECRETA:

Artículo único. Ábrense los siguientes créditos supleméntales al Presupuesto de la vigencia en curso, por la suma de $ 10,200, aplicable en esta forma:

DEPARTAMENTO DE POLÍTICA INTERI0R,

CAPÍTULO 9. °

Para gastos varios imprevistos en este Departamento, hasta diez mil pesos $ 10.000.

DEPARTAMENTO DE CORREOS.

CAPÍTULO 1. °

Administración general de Correos (Personal).

Sección 5a

Para aumentar el sueldo anual a los dos Ayudantes de Lista de esta Sección, a razón de $ 100 cada uno, sobre los $ 480 que tienen señalados $ 200.

Estos empleados gozarán del aumento de sueldo que se concede a su favor, desde el día 1.° de Noviembre próximo

Dado en Bogotá, a 21 de Octubre de 1885.

RAFAEL NUÑEZ

El Secretario de Gobierno,

Aristides CALDERÓN.

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