Por el cual se hace una prohibición
El Presidente de la Republica de Colombia
CONSIDERANDO:
Que el uso en las oficinas del Gobierno del producto químico conocido con el nombre de eureka se presta a fáciles alteraciones en los documentos oficiales o auténticos destinados a la fe pública,
DECRETA:
Artículo único. Prohíbase desde hoy para siempre el uso de la eureka en todas las oficinas públicas.
Publíquese y ejecútese.
Dado en Bogotá, á 3 de Julio de1908.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- M. VARGAS
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