Por el cual se hace una prohibición

Rango Decreto
Publicación 1908-07-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia

CONSIDERANDO:

Que el uso en las oficinas del Gobierno del producto químico conocido con el nombre de eureka se presta a fáciles alteraciones en los documentos oficiales o auténticos destinados a la fe pública,

DECRETA:

Artículo único. Prohíbase desde hoy para siempre el uso de la eureka en todas las oficinas públicas.

Publíquese y ejecútese.

Dado en Bogotá, á 3 de Julio de1908.

R. REYES

El Ministro de Gobierno,

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