por el cual se establece la Planta de Personal de la Superintendencia del Subsidio Familiar

Rango Decreto
Publicación 1992-04-30
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias de la Superintendencia del Subsidio Familiar, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
1 Superintendente 0030 16
1 Secretario General 0037 09
2 Jefes de División 2040 11
8 Profesional Especializado 3010 15
10 Profesional Especializado 3010 09
10 Profesional Universitario 3020 05
1 Programador de Sistemas 4060 12
1 Secretario Ejecutivo 5040 17
1 Secretario Ejecutivo 5040 15
6 Secretario 5140 10
2 Transcriptor de Datos 6005 08
3 Auxiliar Administrativo 5120 08
2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07
2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03
Artículo 2º ElSuperintendente, mediante Resolución, distribuirá los cargos a que se refiere este Decreto de acuerdo a la estructura orgánica y con fundamento en las necesidades del servicio, funciones, requisitos y responsabilidades del cargo, y los planes y programas trazados por su administración.
Artículo 3º Facúltase al Superintendente para organizar y crear grupos internos de trabajo con el fin de desarrollar las actividades de la Superintendencia, de tal manera que pueda adelantar con eficiencia y eficacia las políticas, objetivos y fines de la entidad.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que sean contrarias, en especial, el Decreto número 2545 del 11 de septiembre de 1981.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 28 de abril de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Francisco Posada de la Peña.

El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Carlos Humberto Isaza Rodríguez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.