Por el cual se organizan trabajos de estudios y proyectos en dos carreteras nacionales

Rango Decreto
Publicación 1943-04-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Organízanse trabajos de estudios y provectos en las carreteras nacionales Abejorral-Santa Bárbára y Silva-Inza- Ricaurte. Tales trabajos estarán a cargo del personal siguiente, con las asignaciones mensuales que se indican:

Carretera Abejorral-Santa Bárbara. Ingeniero Jefe, cuatrocientos pesos ($ 400); Ingeniero Ayudante, trescientos veinte pesos ($ 320); Topógrafo, doscientos veinte pesos ($ 220); Dibujante, ciento ochenta pesos ($180), v Habilitado-Almacenista, ciento sesenta pesos ($ 160).

Carretera Silvia-lnza-Ricaurte. Ingeniero Jefe, trescientos cincuenta pesos ($ 350); Ingeniero Ayudante, trescientos pesos ($ 300); Topógrafo, doscientos veinte pesos ($ 220); Dibujante, ciento setenta pesos ($ 170), y Habilitado Almacenista, ciento cincuenta pesos ($ 150).

Articulo 2° Con cargo a las apropiaciones hechas para estas vias en el Presupuesto de la vigencia en curso, se harán los giros que se necesiten para los trabajos de estudios y proyectos a que alude este Decreto.
Artículo 3° En la dirección y administración de tales obras se procederá de acuerdo con las instrucciones reglamentarias sobre estudios y proyectos de carreteras, nacionales, y de conformidad con los reglamentos sobre contabilidad, estadística, sanidad y demás disposiciones que rigen en el ramo de Carreteras Nacionales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá; a 5 de abril de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Obras Públicas,

Marco Aurelio ARANGO

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