Que asigna sueldos a los Guardaparques del Ejercito
El Presidente de la República de Colombia
decreta:
Artículo único. Los Guardaparques del Ejército de fuera del Distrito Capital devengarán sueldo de Sargentos Mayores ($ 70 oro) desde el 1.° de Julio entrante; y serán dados de alta, lo mismo que los Médicos de guarnición, en la Plana Mayor de los Cuerpos en cuyos asentamientos residan dichos empleados.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá, á 30 de Junio de 1905.
R . REYES
El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho,
Clímaco Losada
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