Que asigna sueldos a los Guardaparques del Ejercito

Rango Decreto
Publicación 1905-11-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

decreta:

Artículo único. Los Guardaparques del Ejército de fuera del Distrito Capital devengarán sueldo de Sargentos Mayores ($ 70 oro) desde el 1.° de Julio entrante; y serán dados de alta, lo mismo que los Médicos de guarnición, en la Plana Mayor de los Cuerpos en cuyos asentamientos residan dichos empleados.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá, á 30 de Junio de 1905.

R . REYES

El Secretario del Ministerio de Guerra, encargado del Despacho,

Clímaco Losada

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