Por el cual se anexa el Instituto Etnológico Nacional al servicio de Arqueología del Ministerio de Educación Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que el Instituto Etnológico Nacional, adscrito a la Escuela Normal Superior, en virtud del Decreto número 1126 de 21 de junio de 1941, no dispone en el Presupuesto vigente y dentro de las apropiaciones especiales destinadas a dicha Escuela, partida alguna para el funcionamiento y subsistencia del mencionado Instituto;
- 2° Que, en cambio, la Ley de Apropiaciones para el año fiscal en vigencia asigna en el capitulo 73, además de las partidas especiales destinadas al Instituto Etnológico Nacional, partidas en común para el sostenimiento y funcionamiento del Servicio de Arqueología y del mencionado Instituto, y
- 3° Que por ser comunes al Servicio de Arqueología y al Instituto Etnológico Nacional los fines de investigación científica y difusión cultural que les han sido encomendados por el Gobierno y con miras a la unificación y mayor eficacia del trabajo que deben rendir dichas entidades, es conveniente y necesario darles una sola rectoría y administración,
DECRETA:
Articulo único. A partir de la expedición del presente Decreto, el Instituto Etnologico Nacional, creado por el Decreto número 1126 de 1941, funcionará bajo la inmediata dependencia del Ministerio de Educación Nacional y adscrito al Servicio de Arqueología del mismo Ministerio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de marzo de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Educación Nacional,
Antonio ROCHA
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