Por el cual se adiciona el presupuesto de gastos extraordinario de la Defensa Nacional

Rango Decreto
Publicación 1933-04-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades de que está investido por la Ley 12 de 1932, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Contralor General de la República ha solicitado del Gobierno que se apropie una partida que necesita el Departamento Administrativo a su cargo para atender al pago del personal que se ha creado para la fiscalización y control de los gastos relacionados con la defensa nacional,

DECRETA:

Artículo único. Adiciónase el Presupuesto extraordinario de la defensa nacional, así:

DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA

CAPITULO 84

Articulo 642. Para atender a los gastos de fiscalización de todos los fondos relacionados con la defensa nacional $15,840

Comuniquese y publíquese.

Dado en Fusagasugá a 7 de abril de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

R. URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Ésteban JARAMILLO

El Ministro de Guerra,

Carlos URIBE GAVIRIA

El Ministro de Industrias,

Francisco José CHAUX

El Ministro de Educación Nacional,

Julio CARRIZOSA V.

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alberto PUMAREJO

El Ministro de Obras Públicas,

Alfonso ARAUJO

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