Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Puentes)

Rango Decreto
Publicación 1951-05-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 118, artículo 1581, del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, "para la terminación de puentes y construcción de otros", hácese la siguiente distribución parcial para la ejecución de las siguientes obras:

Capítulo 113. Artículo 1581. Ordinal F). Para, los puentes Aipe y Bachó en la carretera Neiva-Aipe-Coyaima $ 250.000.
Ordinal G). Para el puente sobre el río Fonce en San Gil, en la carretera Barbosa-Bucaramanga $ 195.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de abril de 1951

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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