Por el cual se hacen unas traslaciones en el presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores)

Rango Decreto
Publicación 1953-03-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

considerando

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 5 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva,

decreta:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Relaciones Exteriores.

CAPITULO 12

Servicio Diplomático.

Del artículo 144 Para atender al pago de viáticos y gastos de representación de Delegaciones a Congresos, Conferencias y Reuniones Internacionales, en el año
Del artículo 144 Para atender al pago de viáticos y gastos de representación de Delegaciones a Congresos, Conferencias y Reuniones Internacionales, en el año $ 39.600.00 39.600.00
Suman los contracréditos $ 39.600.00

CAPITULO 11

Personal y Material.

Al artículo 122. Para sueldos del personal del Ministerio y gastos de representación del Ministro, en el año
Al artículo 122. Para sueldos del personal del Ministerio y gastos de representación del Ministro, en el año $ 39.600.00 39.600.00
Suman los créditos $ 39.600.00
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de marzo de 1953.

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Juan Uribe Holguín

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo.

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