Por el cual se asigna un sobresueldo a los empleados de la litografía nacional
El Vicepresidente de la República, encargado del Podar Ejecutivo,
En uso de sus facultades constitucionales,
DECRETA:
Artículo único. Los empleados que tengan trabajo nocturno en la Litografía Nacional, gozarán de un aumento del 80 por 100 proporcional al sueldo que devenguen y á las horas de trabajo nocturno.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 19 de Enero de 1904.
JOSÉ MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno,
ESTEBAN JARAMILLO
El Ministro de Relacionas Exteriores,
LUIS CARLOS RICO
El Ministro de Hacienda,
RUPERTO FERREIRA
El Ministro de Guerra
ALFREDO VASQUEZ COBO
El Ministro de Instrucción Pública,
ANTONIO JOSÉ URIBE.
EL Ministro del Tesoro,
CARLOS ARTURO TORRES.
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