Por el cual se adiciona el número 9, de 12 de febrero de 1924, sobre presupuesto de gastos de la Intendencia Nacional del Meta
El Intendente Nacional. Meta, en uso de sus facultades legales, y considerando:
Primero. Que la Ley 42 del presente año adicionó la partida de diez y nueve mil novecientos sesenta pesos ($ 19,960), votada para gastos de personal y material de la Intendencia del Meta durante la vigencia de 1924, por el artículo 208 de la Ley de Apropiaciones del mismo año, en la cantidad de treinta mil cuarenta pesos ($ 30,040); sumas que, en junio, dan la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50,000), destinada en definitiva para los dichos gastos de personal y material de la citada Intendencia.
Segundo. Que el presupuesto de gastos de la Intendencia Nacional del Meta se calculó, y así fue aprobado por el Decreto ejecutivo número 430 del año en cuestión, en la suma de treinta y tres mil seiscientos sesenta pesos ($ 33,660); y
Tercero. Que la diferencia entre la partida de cincuenta mil pesos ($ 50,000), que es la cantidad que en resumen se ha votado para cubrir los gastos de personal y material que se vienen mencionando, y la de treinta y tres mil seiscientos sesenta pesos ($ 33,660), monto del presupuesto ya aprobado, equivale a la suma de diez y seis mil trescientos cuarenta pesos ($ 16,340), diferencia con que debe ser adicionado el presupueste del año en curso, mediante la distribución correspondiente, decreta:
Formúlese el siguiente presupuesto, adicional al votado por el Decreto número 9 de 12 de febrero del presente año, de la Intendencia del Meta, distribuyendo para ese fin la suma de diez y seis mil trescientos cuarenta pesos ($ 16,340), de la siguiente manera:
CAPITULO I
Departamento de Sanidad.
| Artículo 1º Para reparaciones urgentes del Hospital de Villavicencio, tales como cielos rasos, refacciones de la pared norte del edificio que ocupa, blanquimiento general, pintura de todas las puertas, y maderas, hasta | $ | 500 | 500 |
|---|---|---|---|
| Artículo 2º Para camas de hierro, ropas blancas para cama y muebles para el Hospital, hasta | 500 | 500 | |
| --- | --- | --- | --- |
| Artículo 3º Para un estuche completo de cirugía y drogas para la farmacia, hasta | 1,000 | 1,000 | |
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| Artículo 4º Para construir un nuevo pabellón con sala de farmacia, consultorio y sala de operaciones o clínica, para casos espaciales, hasta | 1,500 | 1,500 | |
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| Artículo 5º Para atender a los gastos que demande la campaña contra la uncinariasis, hasta | 1,000 | 1,000 | |
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| Suma el capítulo | $ | 4,500 | 4,500 |
| CAPITULO II Departamento de Obras Públicas. |
Artículo 6° Para la compra y adaptación de una casa para la Policía Intendencial y que a la vez sirva para establecer servicios en campaña contra la uncinariasis, hasta
| $ | 6,000 | |
|---|---|---|
| Artículo 7º Para la construcción de un puente de cal y canto sobre el caño de Parrado, en el camino que de Villavicencio conduce a Restrepo, hasta | 2,000 | |
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| Artículo 8º Para la construcción de un puente sobre el caño de Parrado, en el camino que de Villavicencio conduce a Bogotá, hasta | 600 | |
| --- | --- | --- |
| Artículo 9º Para reparaciones y pintura del puente sobre el río Guayuriba, camino de Acacías, hasta | 800 | |
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| Artículo 10. Para la construcción de un edificio para cárcel, con salones para ambos sexos en la cabecera del Municipio de Restrepo, hasta | 500 | |
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| Pasan | $ | 9,900 |
| Vienen | $ | 9,900 |
| Artículo 11. Para la construcción del Acueducto de Restrepo, hasta. | 400 | |
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| Artículo 12. Para reparaciones del local que ocupa el Juzgado del Circuito de Villavicencio en edificio de propiedad nacional, hasta | 200 | |
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| Artículo 13. Para reparaciones del edificio de la Cárcel de San Martín, hasta | 300 | |
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| Suma el capítulo | $ | 10,800 |
Gastos generales.
| $ | 600 | 600 |
|---|---|---|
| Artículo 15. Para pagar e1 empaste de los libros de consulta del Despacho de la Intendencia, hasta | 100 | |
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| Artículo 16. Para gastos imprevistos, hasta | 340 | |
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| Suma el capítulo | $ | 1,040 |
| RECAPITULACION Capítulo I. Departamento de Sanidad | $ | 4,500 |
| Capítulo II. Departamento de Obras Públicas. | 10,800 | |
| Capítulo III. Gastos generales | 1,040 | |
| Suma | $ | 16,340 |
| Sométase a la aprobación del señor Ministro de Gobierno. Dado en Villavicencio a dos de diciembre de mil novecientos veinticuatro. | Sométase a la aprobación del señor Ministro de Gobierno. Dado en Villavicencio a dos de diciembre de mil novecientos veinticuatro. | Sométase a la aprobación del señor Ministro de Gobierno. Dado en Villavicencio a dos de diciembre de mil novecientos veinticuatro. |
E1 Intendente, J. Luna Ospina-Por el Secretario General, el Tenedor de Libros, encargado, Manuel A. Torne.
Poder Ejecutivo Nacional-Bogotá, 16 de diciembre de 1924.
Aprobado-PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
Digitó: CC1.018.407.351
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