Por el cual se reforma el marcado con el número 1901 de 1929
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y de acuerdo con las autorizaciones que le confiere la Ley 15 de 1929, y oído el concepto favorable de la Junta Asesora del Ministerio de Guerra,
decreta:
Artículo 1° De los catorce (14) Generales señalados en el artículo 1° del Decreto número 1901 de 1929, que reorganiza el ramo de Guerra, ocho (8) serán de División y seis (6) de Brigada, debiendo prestar sus servicios el nuevo General de División en el puesto que a bien tenga asignarle el Gobierno.
Artículo 2° Queda en estos términos modificado el artículo 1° del Decreto arriba citado.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de mayo de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Guerra,
Agustín MORALES OLAYA
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