Por los cual se aprueba el Decreto 742 de 1949 (diciembre 31), dictado por la Gobernación del Cauca, por el cual se toma una medida de orden administrativo
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones, especialmente de las que le confiere el Decreto número 3518 de 1949 (noviembre 9),
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase en todas sus partes el Decreto número 742 de 1949 (diciembre 31), del Gobernador del Cauca, que a la letra dice:
"DECRETO NUMERO 742 DE 1949 (DICIEMBRE 31)
por el cual se toma una medida de orden administrativo.
El Gobernador del Departamento del Cauca,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto ejecutivo nacional número 3523 del presente año, y
CONSIDERANDO:
Que es de urgente necesidad reforzar el Fondo Rotatorio de los Talleres Editoriales del Departamento, que se encuentra en malas condiciones económicas, con notable perjuicio de la administración departamental;
Que de acuerdo con el Decreto ejecutivo nacional número 3523, de 9 de noviembre pasado, los Gobernadores de Departamento tienen la facultad de ejecutar todos aquellos actos que tiendan a conseguir la normalidad administrativa en el territorio de su jurisdicción,
DECRETA:
Artículo 1°. A partir de la fecha del presente Decreto, ninguna dependencia oficial podrá ocupar en forma gratuita para obras de la Administración los Talleres Editoriales del Departamento.
Artículo 2°. En consecuencia de la anterior prohibición, y desde la fecha del presente Decreto, queda suspendida la vigencia de todas las disposiciones ordenanzales contrarias a esta providencia.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1949.
El Gobernador (Fdo.), Guillermo de Angulo El Secretario de Gobierno (Fdo.), José Enriquez Arboleda El Secretario de Hacienda (Fdo.), Camilo Arboleda Z. El Secretario de Educación (Fdo.), Mario Vallecilla Quijano El Secretario de Obras Públicas (Fdo.), Guillermo Gómez Segura.
Es fiel copia.
(Fdo.), Alfredo Garcés Garcés, Jefe de la Sección de Gobierno."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de marzo de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno,
Luis Ignacio ANDRADE
Digitó: CC1.014.234.605
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